Un distrito de riego (DR) es preponderantemente una zona geográfica que puede definirse como: conjunto de canales de riego, una o más fuentes comunes de abastecimiento de agua y las áreas de cultivo, relativamente compactas, que cuenta con decreto de creación por parte del poder ejecutivo federal, con un título de concesión otorgado a los usuarios organizados en asociaciones civiles para uso de las aguas y la administración, operación y conservación de la infraestructura hidroagrícola federal.
En México existen áreas bajo riego fuera de los distritos, que se conocen como “Unidades de Riego” (UR), o bien “Unidades de Riego Para el Desarrollo Rural (Urderal)”. En esencia, un distrito de Riego y una unidad de riego tienen los mismos objetivos. Las UR se encuentran muy dispersas en todo el país. Los DR cuentan con la supervisión permanente del gobierno federal a través de la Conagua y las UR tienen mayor autonomía y una supervisión eventual por parte de la misma Comisión
Dentro del límite del estado de Guerrero existen 6 Distritos de Riego, del cual el DR: 098 José Ma. Morelos, tiene un módulo de riego 1 y depende administrativamente de la jefatura de distrito del estado de Michoacán. Para el estado se hace mención de 5 Distritos de Riego el DR 057 AMACUZAC-CUTZAMALA , DR068 DR: 068 TEPECOACUILCO- QUECHULTENANGO, DR: 095 ATOYAC, DR: 105 NEXPA y DR: 104 CUAJINICUILAPA, y 5 células de planeación 1201: TEPACALTEPEC con una superficie de 9, 916.04 Km², 1205 : COSTA CHICA con una superficie de 18, 600.707 Km ² , 1202: MEDIO BALSAS con una superficie de 14, 222.56 Km² , 1203: ALTO BALSAS con una superficie de 10, 687.08 Km² y 1204: COSTA GRANDE con una superficie de 9,778.65 Km². (CONAGUA 2021)